San José, 21 de octubre del 2009
Msc Leonardo Garnier Rímolo
Ministro de Educación Pública
Presente
Ministro de Educación Pública
Presente
Estimado señor:
En mi condición de Presidenta de APSE y en nombre de los 22 mil agremiados y agremiadas de educación secundaria, que conforman la organización que represento, me dirijo a Usted, con el fin de exponerle las razones que fundamentan el movimiento de huelga, programado para el día 20 de octubre del año en curso. Dichas acciones fueron debidamente acordadas, el día 10 de octubre del año en curso, en el seno de la Asamblea de Presidentes de Base, la cual es el órgano consultivo de la APSE para la toma de decisiones en concordancia con los criterios de las bases y que está constituida por cada uno de los presidentes de las Directivas de Base que funcionan en cada centro educativo de secundaria del país. Me fundamento así:
1.-INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE
SALARIOS DEL SECTOR PÚBLICO
Ha resultado público y notorio que el Ministerio de Educación Pública ha incumplido por problemas ajenos a los trabajadores, con el Acuerdo de la Comisión de Salarios del Sector Público, de las 17:00 horas del día 17 de junio del 2009, suscrito entre el Gobierno de la República, representado por el Ministro de Hacienda, señor Guillermo Zúñiga Chaves, Viceministro de Hacienda, señor José Luis Araya Alpízar, Ministro de Trabajo, señor Francisco Morales Hernández, Viceministro de Trabajo, señor Alvaro González Alfaro, el Director General de Servicio Civil, señor José Joaquín Arguedas Herrera; y los representantes de las Organizaciones Sindicales y Organizaciones Magisteriales.
Veamos puntualmente los aspectos incumplidos:
1.- En el punto primero del referido acuerdo, ambas partes acuerdan aceptar el reajuste salarial por reestructuración para las clases no profesionales del Título I, presentado por la Dirección General de Servicio Civil, que debería regir a partir del 01 de julio de este año, “PAGADERO EN LA SEGUNDA QUINCENA DE SEPTIEMBRE DEL 2009”
2.- En el punto segundo adicionalmente quedó plasmada la obligación del Gobierno de la República de proceder al pago de: “Un reajuste extraordinario del 4.88% a la base para las clases no profesionales del Título I y del Título II del Estatuto de Servicio Civil y de las instituciones homologadas al Régimen de Servicio Civil, pagadero en dos tractos: un 2.44% a partir de julio del 2009 y PAGADERO EN LA SEGUNDA QUINCENA DE SEPTIEMBRE DEL 2009 y un 2.44% a partir del 01 de enero del 2010, pagadero en la segunda quincena de enero del 2010.” (El énfasis es nuestro)
No obstante el compromiso asumido por el Gobierno de la República, en el cronograma de pagos que usted mismo señor Ministro indica que fue entregado al Magisterio en Acción desde el 22 de setiembre del año en curso, no solo incumple el Acuerdo suscrito, sino que se nos informa que el pago del 2.44% para los no profesionales, se había efectuado al 20 % de la planilla en la primera quincena de setiembre y que en la segunda quincena de setiembre se pagaría al 80% restante. Es evidente señor ministro, que no es cierto que el cronograma de pagos se esté“cumpliendo al pie de la letra”, ya que tal y como usted mismo lo puede verificar con el señor Alberto Orozco, Director de Recursos Humanos del M.E.P, el pago del 2.44% para los no profesionales, no se hizo efectivo en las indicadas fechas, sino que según las propias palabras externadas por don Alberto Orozco, no fue sino hasta la primera quincena de octubre que se pagó al 20% de la planilla y el 80 % restante se pagará tal y como usted lo indica en la Conferencia de prensa por usted convocada el día 19 de octubre en curso, hasta la segunda quincena de octubre de este año.
Queda así plenamente demostrado, que el M.E.P no solo ha incumplido con el Acuerdo suscrito entre el Gobierno de la República y las Organizaciones gremiales y sindicales, sino que también ha incumplido con el propio cronograma de pagos entregado por su persona al Magisterio en Acción el día 22 de setiembre de este año.
3- En relación con el aumento correspondiente al percentil 45, se estableció en el punto tercero del Acuerdo, que el Gobierno de la República “reitera su compromiso de honrar el pago del percentil 45 a los profesionales del Gobierno Central a partir de julio del 2009 tal y como se había acordado.”
Lamentablemente con respecto al pago de este aumento, el Ministerio de Educación Pública, una vez más incumple su propio cronograma de pago, toda vez que en tan alardeado cronograma que nos fue entregado el día 22 de setiembre de este año, se nos indicó que: en la primera quincena de setiembre se había pagado al 20 % de la planilla y que en la segunda quincena de setiembre se pagaría el percentil 45 al 80 % de la planilla restante.
Sin embargo, señor Ministro, qué fue lo que realmente sucedió, que no se cumplió con dicho cronograma, lo cual tuvo que ser reconocido públicamente a través de los medios de prensa, por el propio señor Alberto Orozco, Director de Recursos Humanos del M.E.P, procediendo a indicar que había surgido un problema técnico en la ejecución del disco que contenía los registros de pago, razón por la cual se estaría pagando hasta la primera quincena de octubre.
Ante estos graves y reiterados incumplimientos por parte del M.E.P, en los que incluso se expone y se juega con el compromiso asumido por jerarcas de otros Ministerios, los cuales confían en la ejecución oportuna de los acuerdos suscritos, al Ministerio de Educación Pública; se impone la urgente necesidad de que en su condición de jerarca, tome las medidas necesarias a fin de garantizar a los servidores y servidoras de la educación del país, de una vez por todas, su salario mensual en forma puntual y completa, así como todos los aumentos y reajustes salariales que se decreten a favor de éstos, en las fechas fijadas y pactadas por las partes en la mesa de negociación, máxime si tomamos en consideración que a todos los Profesionales del Gobierno Central regulados por el Título I del Estatuto de Servicio Civil y a los no Profesionales que laboran para otros Ministerios, se les canceló el reajuste salarial correspondiente desde el mes de agosto de este año.
2.- INCOMPATIBILIDAD DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN GERENCIAL DE RECURSOS HUMANOS (SIGRH) CON INTEGRA
Es públicamente reconocido que el Ministerio de Educación Pública, es el único Ministerio que permanentemente incumple con el pago puntual y oportuno a sus trabajadores y trabajadoras. También es sabido que esto obedece a la incompatibilidad existente entre el Sistema de Información Gerencial de Recursos Humanos (SIGRH) con INTEGRA, sistema del Ministerio de Hacienda mediante el cual se paga a todos los funcionarios del Gobierno Central.
En relación con este tema y según se consigna en el Oficio DM-3637-07-09 de fecha 3 de julio del 2009, dirigido por su persona al señor Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en respuesta a la denuncia interpuesta contra el Gobierno de Costa Rica ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por parte de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza; se establece que el proceso denominado MEP Digital mediante el cual se definirán todos los procesos que se llevan a cabo en materia de gestión de recursos humanos y mediante el cual se desarrollará un Modelo Operacional -dividido en los subprogramas de Planillas y Pagos y Gestión del Recurso Humano-, que permitirá al M.E.P, mediante una solución tecnológica, conectarse al Sistema INTEGRA del Ministerio de Hacienda para superar, de manera definitiva los problemas de pago salarial a los docentes y demás funcionarios del M.E.P, entrará en completa operación “Para el inicio del curso lectivo del 2011”.
Al respecto debemos manifestar que resulta a todas luces inexplicable el hecho de que desde el año 2008 o antes se haya puesto en marcha la implementación del Programa MEP Digital y que ahora se informe que el Programa no está plenamente terminado sino que a estas alturas se habla de un programa que se ejecutará como “plan piloto”, tal y como fue externado de su parte en el documento anteriormente indicado en los siguientes términos: “Precisamente, el primer subprograma se estará implementado como plan piloto, debidamente incorporado ya al sistema de pagos INTEGRA del Ministerio de Hacienda, durante el inicio curso lectivo de 2010, en tanto que el segundo subprograma se desarrollará a lo largo de ese mismo año. En conclusión, se puede asegurar que el MEP Digital estará en completa operación para el inicio del curso lectivo 2011, dando solución definitiva a los problemas planteados por la APSE en su demanda ante la OIT.”
3.- DISMINUCIÓN DEL NÚMERO DE ALUMNOS POR SECCIÓN
En aras de mejorar la calidad de la educación, el Ministerio de Educación Pública asumió el compromiso plasmado en el punto sétimo del Acuerdo de levantamiento de Huelga, suscrito el día 25 de abril del 2008, entre el EMP. y las organizaciones Magisteriales en huelga, de que “para el primero de octubre del 2008” establecería “los criterios y condiciones aplicables para definir los rangos del número de estudiantes por grupo en el área académica de los centros educativos, permitiendo establecer un límite de 25 estudiantes en casos que así lo ameriten, atendiendo aspectos como la matrícula, la ubicación geográfica, las dimensiones del aula, las necesidades educativas especiales y otras, a fin de que entre en vigencia a partir del curso lectivo del año 2009.”
Al respecto señor Ministro, resulta evidente que no se ha cumplido con tal compromiso, ya que la Directriz DM-6882-11-08, de fecha 28 de noviembre del 2008, suscrita por su persona y dirigida a la señora Aura Padilla Meléndez, Directora de Planificación Institucional y al señor Fernando Bogantes Cruz, Director de Recursos Humanos, dista mucho de la definición de los rangos de matrícula requeridos. Lo anterior por cuanto establecer el criterio de que: “a) El número de estudiantes por nivel deber ser distribuido en las distintas secciones de forma tal que la cantidad de estudiante por sección NO sea inferior a 25 estudiantes ni mayor a 40 en I, II III Ciclo y en Educación Diversificada”, y que “b) La definición del número de estudiantes por sección -y consecuentemente el número de secciones- debe realizarse tomando en cuenta las siguientes variables…”; resulta ser el establecimiento de criterios y parámetros de carácter general, que no tienen la virtud de poder implementarse en forma puntual y concreta, con el agravante que son los Directores Institucionales los que a la postre vienen a interpretar esos parámetros generales, generándose una incertidumbre y falta de uniformidad en su aplicación.
Aunado a lo anterior, resulta lamentable que se haya obviado una definición clara con respecto a los rangos de matrícula por sección en casos de atención de estudiantes con necesidades educativas especiales, toda vez que el haberse dispuesto que “e) En el caso de educación especial, los rangos establecidos no sufren cambios, ya que los mismos dependen del tipo de discapacidad que se atienda. Sin embargo se debe conformar una comisión interdepartamental que proponga los parámetros por seguir para la división de los grupos, en los casos en que se deban atender adecuaciones significativas a uno o más estudiantes.”
Tenemos entonces pendiente los resultados de la indicada COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL, que según hemos tenido conocimiento, la misma efectivamente se reunió en el Centro Nacional de Recursos (CENAREC), con integración interdisciplinaria, pero que su propuesta no ha sido avalada ni mucho menos implementada por su Despacho.
4.- OTRAS DEMANDAS
Demandamos:
a.- El acceso al sistema que permita para todos los trabajadores y trabajadoras de la educación, el tener a su disposición las Acciones de Personal y los desgloses de pago en forma quincenal.
b.- La agilización de los trámites a cargo del Departamento de Registros Laborales, tales como: Carrera Profesional, Constancias de Tiempo de Servicio para efectos de pensión, Reconocimiento de anualidades y Cambio de Categoría o Grupo Profesional, entre otros.
Es precisamente señor Ministro, con ocasión de la grave situación que ha venido enfrentando el Departamento de Registros Laborales del M.E.P., al no tener la capacidad de respuesta y resolución oportuna de los trámites que presentan los servidores y servidoras de la educación; que por iniciativa de la propia APSE, se le propone a su persona y a la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra Administrativa, una reunión conjunta con personeros de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, a fin de contar con el apoyo de esa Junta, mediante la dotación de personal que colaborara con la actualización y resolución de los trámites atrasados.
Atentamente,
Mélida Cedeño Castro
PRESIDENTA APSE
Mélida Cedeño Castro
PRESIDENTA APSE
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